Servicios de consultoría fiscal
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Información útil sobre Impuestos en España
1. Tax residence and personal income tax in Spain
La forma de tributar de las personas físicas depende de que se las considere residentes en España.
¿Cuándo se presume la residencia fiscal?
La residencia fiscal se presume si la persona física tiene su residencia habitual en España, es decir, si pasa más de 183 días por año natural en España.
Los residentes están sujetos a una obligación tributaria ilimitada, es decir, su renta mundial tributa en España.
Los no residentes están sujetos a una tributación limitada por sus rentas de fuente española.
Residentes
Los residentes tributan por su renta mundial. Existen excepciones, hasta un determinado importe máximo, para los rendimientos del trabajo en el extranjero, siempre que tributen allí, y para los dividendos de sociedades no residentes.
El impuesto sobre el patrimonio grava el patrimonio mundial.
No residentes
Los no residentes están sujetos al Impuesto sobre la Renta de No Residentes, IRNR sobre sus rentas y ganancias patrimoniales de fuente española. La normativa del IRNR también se aplica a las personas jurídicas.
Por regla general, se aplica un tipo impositivo fijo del 24% a los ingresos brutos sin deducciones, aunque pueden existir convenios fiscales bilaterales entre España y otros países que afecten a la tributación.
No obstante, hay excepciones, por ejemplo, en el caso del Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre la Especulación, en los que se aplican otros tipos impositivos (Generalmente 19% para miembros de la UE).
Puede obtener más información sobre los impuestos sobre bienes inmuebles aquí: